02/10/1999
CURSO DE RECICLAJE PARA CONDUCTORES IMPRUDENTES
La acumulación de infracciones obligará a pasar por cursos de reciclaje.
Si en el período de dos años un conductor ha sido sancionado por tres infracciones graves, o dos muy graves, o dos graves y una muy grave, tendrá que demostrar que no ha perdido ninguno de los requisitos que se le exigieron para conseguir el permiso para conducir. Y lo hará sometiéndose a un nuevo examen o realizando un curso de reciclaje en un Centro de Formación de Conductores.
Cuando un conductor infrinja de forma grave las normas de circulación tres veces en un período de dos años (o cometa dos infracciones muy graves, o dos graves y una muy grave), la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente iniciará el procedimiento para declarar la pérdida de vigencia de la autorización para conducir, de acuerdo con el Real Decreto por el que se modifica el artículo 41 del Reglamento de Conductores. La medida podría afectar a unos 15.000 conductores. El motivo no es otro que la presunta desaparición de alguno de los requisitos que, sobre conocimientos, habilidades, aptitudes o comportamientos esenciales para la seguridad de la circulación o aptitudes psicofísicas se exigieron en su momento para la obtención del permiso de conducción. Para dar fin a la suspensión cautelar y la intervención del permiso, el titular tendrá que acreditar que sí reúne los citados requisitos. Cómo lo puede hacer: sometiéndose a las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes y comportamientos es decir, examinándose; o realizando, con aprovechamiento, un curso de reciclaje en un Centro de Formación de Conductores autorizado, cuyo director ha de certificar que ha alcanzado un nivel compatible con la seguridad vial. No obstante, cuando las infracciones se hayan cometido durante los dos primeros años de vigencia del permiso, además de realizar un curso de reciclaje, el interesado deberá someterse obligatoriamente al examen de conocimientos y aptitudes y comportamientos correspondientes. En todos los casos, las pruebas podrán realizarse hasta un máximo de tres ocasiones. Si a la tercera el resultado es desfavorable, la Jefatura de Tráfico dictará resolución motivada acordando la pérdida de vigencia del permiso o licencia. Si es favorable, se acuerda dejar sin efecto el expediente de declaración de pérdida de vigencia y, en su caso, el levantamiento de la suspensión cautelar y la devolución inmediata de la autorización intervenida.
NOTICIAS RELACIONADAS