21/11/2000
SEGUROS ANTE LAS CATÁSTROFES
Las inundaciones no sólo causan daños personales. Los coches también salen muy mal parados. Las aseguradoras no cubren estos gastos, pero ¡no te alarmes! Aquí te damos las claves para que reclames una indemnización.
Actualidad - Sara Soria
Sin comerlo ni beberlo puedes ir una mañana a por tu coche y encontrártelo bien siniestro total o con daños producidos por un atentado. También lo puedes ver medio ahogado por las inundaciones o fuertes temporales que, como la pasada semana, han sacudido muchas regiones en España.
Ante todo tienes que saber que ninguna compañía aseguradora cubre este tipo de catástrofes. ¡Qué no cunda el pánico! Puedes recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros -empresa pública dependiente del Ministerio de Hacienda-, eso sí, siempre que la póliza que tengas contratada cubra daños al propio vehículo (conocidas como todo riesgo o daños propios), incendio, robo o rotura de cristales. Si tienes un seguro de accidente también tendrás cubiertos los daños personales. Tener contratado una asistencia en viaje tampoco te da derecho a la indemnización del Consorcio. En el caso de que tu coche se quede inmovilizado, tu compañía tendrá que acudir en tu ayuda.
¡Que quede claro! En caso de tener únicamente el seguro a terceros (o responsabilidad civil obligatoria y voluntaria) tendrás que esperar a la ayuda extraordinaria que el Gobierno decida dar a los afectados.
¿Cómo puedo recibir ayuda del Consorcio?
Como es lógico, tendrás que estar al corriente del pago del recibo de la póliza a tu compañía aseguradora. Además, para que tengas derecho a la indemnización tendrán que haber transcurrido 30 días desde la fecha de emisión de la póliza.
¿Qué indemnización me corresponde?
El Consorcio se hará cargo de los gastos de reparación o reposición de lo dañado según lo contratado en la póliza. En caso de siniestro total, el importe corresponderá al valor del automóvil en el mercado en el momento anterior al siniestro. Es condición previa que el perito de dicho organismo valore los daños.
También se incluyen los gastos de salvamento -siempre que no sean desproporcionados al valor de lo salvado-, gastos de desbarre, extracción de lodos o similares, con el límite del 4% de la suma asegurada.
¿Tengo que pagar algo?
A nadie le agrada encontrarse su coche 'destrozado' por culpa del terrorismo o por una tormenta inesperada. Y menos aún cuando encima tienes que pagar de tu propio bolsillo una parte de los gastos ocasionados. Sí, sí, ¡cómo lo oyes! Del importe que corresponda indemnizar hay que deducir una franquicia del 10% con un mínimo de 25.000 pesetas y un máximo del 1 por ciento de la suma asegurada. En el caso en que la cantidad asegurada sea igual o inferior a 2.500.000 pesetas, el límite único de franquicia será el 1% de la suma asegurada.
Hay entidades aseguradoras que, aunque no cubren riesgos extraordinarios, sí pagan la franquicia o incluso adelantan el dinero y luego son ellas las que reclaman al Consorcio la indemnización.
¿De qué dinero se nutre el Consorcio?
Es obligatorio que todas las pólizas, que cubran daños al propio vehículo, incluyan un recargo destinado al Consorcio de Compensación de Seguros. En el caso de los turismos, es de 900 pesetas por vehículo, que la compañía cobra conjuntamente con la prima. Si se trata de un seguro de accidente (para personas), la tasa es del 0,0096 por mil.
¿Qué tengo que hacer para reclamar?
Debes presentar la reclamación en la Delegación regional del Consorcio más cercana a tu domicilio, bien de forma personal o por fax. Otra opción es acudir a tu propia compañía para que realice el trámite (no todas ofrecen este servicio). Para cualquier duda tienes un teléfono a tu disposición: 902 22 26 65.
El plazo para presentar la reclamación es de 7 días desde que el asegurado o tomador de la póliza tiene conocimiento de la existencia del siniestro. Algunas compañías de seguros se encargan de tramitar la reclamación al Consorcio.
Al hacer la reclamación es esencial que, además de los teléfonos de contacto del asegurado, facilites el taller (nombre, domicilio y/o teléfono), donde has depositado el coche o donde lo vas a depositar en breve, para poder realizar la valoración de daños.
¿Cuándo recibiré la indemnización?
Desde que el Consorcio de Compensación recibe el expediente hasta que el asegurado tiene ingresada su indemnización suelen pasar desde 7 hasta los 30 días.
¿En qué porcentaje atiende el Consorcio los diferentes siniestros?
Las inundaciones se llevan la palma con el 87,45% de los siniestros atendidos por el Consorcio de Compensación. Le siguen el terrorismo (7,73%), tumulto popular (2,90%) y terremotos (1,26%). Estos datos se corresponden al periodo comprendido entre 1987 y 1999.
Como media, el porcentaje de reclamaciones (automóviles, viviendas, comercios e industrias) rechazadas por el Consorcio está en el 15%. En el caso de los vehículos, normalmente porque se trata de pólizas sin garantías de daños propios.