25/11/2003
APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN 2003
Los españoles tenemos un nuevo Reglamento General de Circulación con bastantes novedades que tendremos que aprender. Se protege a los ciclistas, cambia la señalización, los chalecos reflectantes son obligatorios... Aquí tienes los cambios.
Seguridad Vial - SEGURIDAD VIAL/ Sara Soria
Si eres conductor de vehículos a motor o bicicletas esto te interesa. El pasado viernes día 21 de noviembre el Consejo de Ministros aprobó el nuevo Reglamento General de Circulación que aplica y desarrolla nuevos aspectos recogidos en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial (aprobada en 2001). De esta manera se deja atrás el antiguo Reglamento de Circulación de 1992, que había quedado obsoleto.
Todas las novedades que recoge el texto recién aprobado entrarán en vigor un mes después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE, se espera que en unos días se publique) a excepción de las normas relativas a los chalecos reflectantes y de los sistemas de sujeción infantil, que serán de obligado cumplimiento a los seis meses de la publicación en el BOE. Aquí tienes todas las novedades:
SISTEMAS DE ENTRETENIMIENTO
Queda prohibido el uso, por el conductor con el vehículo en movimiento, de dispositivos que puedan distraer su atención mientras conduce, tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Excepto monitores necesarios para maniobras y dispositivo GPS.
TELÉFONOS MÓVILES
Se prohíbe la utilización de teléfonos móviles y cualquier otro medio o sistema de comunicación, salvo si la comunicación se puede realizar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
DETECTORES DE RADAR
No se permite la instalación en los vehículos de mecanismos, sistemas o cualquier instrumento encaminado a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico (detección de radares). Así como también hacer señales a otros conductores con dicha finalidad.
CARRILES ESPECIALES
Antes: Obligación de usar las luces de cruce, tanto de día como de noche, para los vehículos que circulan por carriles especiales (reversibles, de sentido contrario al habitual y adicional circunstancial).
Ahora:
- Cuando se utiliza un carril especial es obligatorio llevar encendida, al menos, la luz de cruce, tanto de día como de noche, aunque, en caso necesario, pueden usarse las luces largas.
- Además, los conductores que circulen por carril destinados al sentido normal de circulación, pero que tengan contiguo otro habilitado para circular en sentido contrario, también deberán llevar sus luces encendidas (cortas o largas, según el momento). Además, si sólo existe un carril en el sentido normal de la marcha, el conductor deberá limitar su velocidad a 80 kilómetros por hora.
AUTOBUSES CON VIAJEROS DE PIE, MÁS DESPACIO
Si en un autobús viajan pasajeros de pie porque así esté autorizado, la velocidad máxima por cualquier tipo de vía por la que circule, fuera de poblado, será de 80 km/h. como máximo.
PELIGRO DE ALCANCE, LUCES DE EMERGENCIA
Cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida para el tipo de vía por la que circula y por lo tanto exista peligro de colisión por alcance, se deberán utilizar durante la circulación las luces de emergencia.
LA RADIO Y EL MÓVIL, APAGADOS AL REPOSTAR
Al repostar combustible deberán estar apagados los instrumentos eléctricos y electromagnéticos, como la radio y el teléfono móvil; además de, como ya fijaba el anterior Reglamento, el motor y el alumbrado del vehículo.
PEATONES NO, NI EN AUTOPISTA NI AUTOVÍA
Ya anteriormente estaba prohibida la circulación de peatones por autopista. En este tipo de vías, no podían recogerse 'autoestopistas'. Ahora la prohibición se extiende a autovías, tanto para la circulación de peatones como para la posibilidad de 'auto-stop'.
TELEPEAJE, SOLO CON SU DISPOSITIVO
En los peajes dinámicos o telepeajes, los vehículos que los utilicen deberán estar provistos del medio técnico que posibilite su uso en condiciones operativas.
CHALECO REFLECTANTE PARA CONDUCTORES
Los conductores de turismos, autobuses y camiones de más de 3.500 kilos, conjuntos de vehículos no agrícolas y los conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de acompañamiento deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.
Para los conductores de turismos, esta obligación será exigible a los seis meses de entrada en vigor del nuevo Reglamento.
CINTURÓN EN LUGAR DE CASCO, EN ALGUNAS MOTOS
Cuando las motocicletas (con y sin sidecar), ciclomotores, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, cuenten con estructura de autoprotección y cinturones de seguridad (y conste en su tarjeta de inspección técnica), su conductor y pasajeros estarán obligados a usarlos, tanto en vías urbanas como en interurbanas, quedando exentos de utilizar el casco de protección.
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Se desarrolla la posibilidad de inmovilizar un vehículo por exceso en las emisiones de gases, humos y ruidos. Y se introducen normas de protección a los ciclistas, fomentando el uso de la bicicleta como medio de locomoción no contaminante.
REGULACIÓN DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE ESPECIAL Y PRUEBAS DEPORTIVAS
Se regula la circulación de dichos vehículos, simplificando la tramitación de las autorizaciones complementarias necesarias para la misma y para la realización de pruebas deportivas.
SISTEMA DE SEÑALIZACIÓN
El nuevo Reglamento revisa completamente el Catálogo de Señales, incorporando nuevas señales y modificando otras. Mira aquí los cambios.
CICLISTAS, MÁS PROTEGIDOS
Nuevas normas para la circulación de bicicletas por carretera, por ejemplo, ahora pueden circular en paralelo, y se aprueban medidas que dan mayor protección a los ciclistas. Aquí tienes las novedades.
LOS NIÑOS DEBEN DE VIAJAR SIEMPRE SUJETOS
Con el nuevo reglamento, los niños menores de 3 años y los mayores de 3 años que no superen los 150 cm de altura deben utilizar un sistema de sujeción homologado a su peso y talla. Más detalles aquí.
CIRCULACIÓN POR TÚNELES Y PASOS INFERIORES
Se aprueban nuevas medidas para circular por túneles y pasos inferiores. Aquí tienes todas las novedades.
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· Más información en la web de la Dirección General de Tráfico