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Los viernes se producen más accidentes de tráfico leves
SEGUROS DE AUTOMÓVIL: ¿CÓMO FUNCIONAN LAS COMPAÑÍAS?
Para la resolución de accidentes de tráfico las compañías aseguradoras han firmado una serie de convenios con el objetivo de reducir gastos de tramitación y tiempo de resolución de los siniestros.

Publicado: 26/04/2004

Sara Soria

¿Qué es el sistema CICOS?
El sistema CICOS en una cámara de compensación de entidades aseguradoras del automóvil ligado a un convenio de indemnización directa. Y un convenio de indemnización directa es un acuerdo mediante el cual las aseguradoras se comprometen a atender determinados siniestros (en este caso, los materiales) sin esperar a definir qué conductor ha sido culpable del accidente. El CICOS empezó a funcionar el 17 de enero de 1994 y este año cumple por décimo aniversario.

Según explicó la presidenta de Unespa (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), Pilar González de Frutos, el CICOS funciona en accidentes donde solo se producen daños materiales. En el caso de que haya daños corporales (a los pasajeros ya que el seguro obligatorio no cubre al conductor) quien se encarga de pagar al no culpable es la compañía del conductor que ha provocado el accidente.

¿Qué otros convenios tienen las compañías?
Antes de que se firmaran los convenios CIDE y ASCIDE y empezara a utilizarse la herramienta informática CICOS para la tramitación de siniestros, tan sólo existían algunos convenios bilaterales entre compañías aseguradoras, lo que ocasionaba plazos de tramitación muy largos y una excesiva intervención de los juzgados.

Para evitar todo esto se empezaron a buscar soluciones y el primer paso llegó con la implantación de la Declaración Amistosa de Accidente (D.A.A) en España en 1987 (tomando como ejemplo su buen resultados en Francia), también conocido por ¿Parte de accidente¿. Como consecuencia inmediata a la implantación del DAA, en 1988 se firma el Convenio de Indemnización Directa España (CIDE).

Mediante el CIDE la entidad aseguradora del perjudicado perita y paga la reparación a su asegurado y cobra por cada siniestro el CMS (Coste Medio Sectorial que fijan anualmente las compañías adheridas al convenio). Mientras, la entidad aseguradora del causante del siniestro abona a la entidad no culpable dicho CMS.

Los siniestros que pueden acogerse al CIDE deben de cumplir unos requisitos:

- El 'Parte' tiene que haber sido rellenado por los dos asegurados.

- Ambos asegurados deben tener seguro de Responsabilidad Civil (el obligatorio).

- Debe haberse producido colisión directa entre los vehículos.

- El siniestro solo puede afectar a dos vehículos.

- El coste del siniestro no puede superar el límite establecido de daños materiales en el seguro de Responsabilidad Civil (100.000 euros).

Este sistema tiene sus lagunas ya que no siempre los dos conductores implicados rellenan el parte amistoso de accidente. Por ello, en 1990 se firma un acuerdo supletorio al CIDE, el llamado convenio ASCIDE. Su objetivo era el mismo que el convenio CIDE pero sin necesidad de cumplimentar la DAA. Entidades representantes del 66% de la cuota de mercado se adhirieron a estos convenios CIDE/ASCIDE. En 1994 llegaría el CICOS para la resolución de siniestros leves.





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